37.- Debido a la cantidad de agua potable que se estaba consumiendo en el área del estacionamiento fundamentalmente en la garita de vigilancia, desde hace algunos años se procedió ha la compra e instalación de un medidor de agua en la Garita de la Vigilancia, el cual si la lectura de metros cúbicos permitidos fuese mayor, a 4mts cúbicos, si se superara esta la diferencia en bolívares la pagara la empresa de vigilancia, como hasta ahora ha sido.
38.-Solo tendrán acceso al área del estacionamiento los Propietarios, Inquilinos que teniendo o no teniendo vehículo podría utilizar su puesto asignado para un tercero. Y de igual manera tendrá acceso el miembro del grupo familiar que posee vehículo automotor.
39.-Todo propietario que no teniendo vehículo automotor pero teniendo un vehículo que le fue proporcionado o de un tercero, deberá de colocar en el parabrisas el Pase de Visitante.
Esta identificación FIJA O PASE DE VISITANTE permitirá tener un mayor control de los puestos y proporcionando mayor resguardo por parte del vigilante, además de su localización por parte de los miembros del condominio en un momento de percance o de emergencia.
40.-El Propietario y/o Inquilino es el único responsable de su puesto asignado y de su Control Remoto el o ella es el único (a) son los garantes si alquilaran o prestaran su puesto, los daños ocasionados por el conductor que utilizara el puesto de algunas de las dos modalidades ya señaladas y produjera un daño personal a tercero o material será responsabilidad del propietario y/o inquilino.
Esta prohibido colocar algún tipo de grafitis, anuncio, o identificación de su puesto fuera del área a su puesto asignado como son: las paredes, columnas y rejas. Salvo lo que indique o autorice la Junta de Condominio.
Y qué pasa con los que lavan vehiculos en el estacionamiento?
ResponderEliminarQué pasa con los que colocan un taller en el estacionamiento, no una
reparación de emergencia?
Qué pasa con los vehiculos que botan aceite y manchan sus propios
puestos? Cuando existe la administradora que construye, todo es lindo,
porque las personas cumplen con las normas, cuando queda a manos de la
comunidad, se hace dificil.
En términos generales, se tomó lo contemplado en el Documento de
Condominio y se le colocó sanciones.
Con respecto al pago de los recibos de condominio, es importante
entregarlos con tiempo para que se logre el objetivo de cancelarlo los
primeros ocho días del mes. La persona que cobra es un receptor de
pagos, no es un cobrador, pues éste no va puerta por puerta. Habría que
revisar que tan funcional es el pago de Bs. 10, por la devaluación de
la moneda propia del país. Debería ser un recargo por gastos de
cobranza (otra vez un término mal utilizado), después de un mes de
emisión del recibo.
Sería bueno, revisar la página www.micondominio.com, para pulir lo que
estás elaborando junto con tu equipo. V. Rodriguez
Es importante Leonardo, que escuches lo que se contempla desde el punto de vista legal en cuanto a las sanciones, visita la pagina que te recomendé antes.
ResponderEliminarV. Rodriguez