VERSION 10

domingo, 25 de septiembre de 2011

Zona del Parque


29.-El parque tendrá un horario comprendido desde las 9:00 am a 5:00 pm.
Queda prohibido el que penetre al parque  saltando la reja o paredes  fuera del horario establecido para su uso. [Sanción: se le notificara por escrito a los representantes o el propietario del inmueble de continuar violándose la norma  Serán pechados con dos unidades tributarias y cargado al recibo de su condominio de cada uno de ellos.]

29.a El área del  parque infantil no será utilizado con fines comerciales. . [Sanción: se pechara al propietario y/o inquilino con 10 unidades tributarias y será cargado al recibo de su condominio]

30.-Esta prohibido consumir bebidas alcohólicas y sustancias prohibidas en el área del Parque Infantil.
      [Sanción: se pechara con 5 unidades tributarias y cargadas al recibo del condominio      de las personas que estuviesen infringiendo la normativa.]

31-Se prohíbe jugar pelota de cualquier tipo pelota en el área del parque Infantil, Churuata y estacionamiento. [Sanción: Aquel Propietario, Inquilino o miembro del grupo familiar que se observara que este o estén jugando con  pelota de cualquier tipo en el parque infantil, churuata o en el estacionamiento, se procederá a pechar con tres unidades tributarias y estas serán cargadas  a cada recibo de condominio de los que se encuentre en el lugar.]

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