32.-Toda persona que le apareciera una filtración dentro de su apartamento e inclusive en el techo deberá:
Las reclamaciones o solicitudes deberán ser solo realizadas únicamente por el Propietario y/o Inquilino a menos que se le otorgue a tercero una autorización.
1.- Conversar con el vecino que posiblemente le este ocasionando el daño, si no obtuviese respuesta alguna favor enviar por escrito a la Junta del Condominio el problema planteado.
2.- Retire la Planilla de Revisión de Filtraciones, en los días y horarios de cobranzas.
La planilla de revisión de filtraciones permite a usted y al plomero ponerse de acuerdo el día y la hora para realizar la revisión de la filtración, una vez verificada la filtración la planilla deberá de dársela a la persona que realiza la cobranza, el condominio revisara y verificara el monto del presupuesto solicitado, si fuese competencia del condominio y teniendo el monto en caja se realiza la autorización para efectuar la reparación de la filtración, la planilla de revisión de filtraciones nuevamente es entregada al Propietario y/o Inquilino para que se ponga de acuerdo nuevamente con el plomero para dar inicio de los trabajos de reparación. Concluidas estas y esperando las 48 horas para ver si no existe bote alguno. Usted nuevamente procede a llamar al plomero para su finiquito de la obra o cierre total, cabe mencionar que el incumplimiento de las partes en ausentarse o no presentarse en el horario y día establecido para realizar la revisión o reparación de la filtración tendrá una sanción de una unidad tributaria y la misma será cargada a su recibo de condominio.
Si por el contrario la filtración correspondiera pagarla el vecino la junta del condominio le servirá de enlace para buscar los correctivos al respectos, y se promoverá una reunión para tal fin de no conseguir una solución satisfactoria al agraviado este podrá acudir a las instancias del estado o privadas.
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